Si se lesiona en el trabajo, informe inmediatamente a su supervisor. Esto comenzará el proceso hacia usted que recibe la compensación de los trabajadores. Asegúrese de mantener copias de todos los formularios para sus registros y actuar rápidamente para evitar un retraso en la recepción de su compensación. Para obtener más información sobre qué hacer si se lesiona en el trabajo, lea a continuación:
- ¿Qué debo hacer si me lesiono en el trabajo?
- Si me lastimo o me enfermo en el trabajo, ¿puedo ver a mi propio médico o tengo que ser tratado por el médico de la compañía?,
- ¿Cómo puedo presentar un reclamo de compensación de trabajadores?
- ¿Qué pasa si mi empleador no tiene seguro de Compensación Laboral?
- ¿necesito un abogado?
- ¿Qué sucede si no estoy satisfecho con la forma en que se resuelve mi reclamo?
- ¿Cuáles son las reglas sobre compensación de Trabajadores en mi estado?
1. ¿Qué debo hacer si me lesiono en el trabajo?
lo más importante que los empleados deben saber es que cada vez que se lesiona en el trabajo, debe informar la lesión inmediatamente a un supervisor, por escrito si es posible., Algunos estados requieren que la notificación al empleador se haga por escrito, mientras que otros permiten una notificación verbal. Sin embargo, para estar seguros, los empleados deben reportar todas las lesiones en el trabajo al personal de supervisión por escrito. Dado que algunos estados tienen un plazo de presentación corto (llamado el estatuto de limitaciones), debe presentar inmediatamente para que no pierda ningún derecho legal que pueda tener para recibir beneficios de Compensación Laboral de su empleador.
Si su lesión o enfermedad lo requiere, también debe buscar atención médica de inmediato.
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2., Si me lastimo o me enfermo en el trabajo, ¿puedo ver a mi propio médico o tengo que ser tratado por el médico de la compañía?
bajo la FECA, puede seleccionar inicialmente a cualquier médico calificado para ser su médico tratante, aunque la ley establece algunas restricciones en el uso de quiroprácticos.
si no es un empleado federal, no está cubierto por la FECA, y se aplicará la ley estatal. En algunos Estados, usted tiene derecho a ver a su propio médico si hace esta solicitud por escrito antes de que ocurra la lesión., Más típicamente, sin embargo, los trabajadores lesionados se refieren a un médico reclutado y pagado por sus empleadores. Por lo general, solo se le pedirá que consulte al médico de la compañía durante un máximo de 30 días, y luego podrá elegir su propio médico.
bajo FECA, si su médico envía informes médicos que abordan las preguntas y preocupaciones de los funcionarios de compensación de trabajadores, generalmente no surgirá ningún problema a menos que su empleador solicite un segundo examen de opinión., Las siguientes pautas se aplican a los exámenes de segunda opinión:
- El médico es elegido por la agencia y no necesita estar certificado por la Junta en ningún campo de experiencia médica (aunque muchos lo están).
- La agencia paga todos los gastos asociados y es responsable de enviar al médico de segunda opinión todos los documentos médicos relevantes, una declaración de hechos aceptados (un ‘SOAF’) y cualquier pregunta específica que desee que el médico aborde.
- bajo la ley, usted tiene el derecho de traer a su propio médico a estos exámenes.,
- cualquier representante que haya designado debe recibir una notificación formal del examen.
- El médico debe presentar un informe escrito dentro de los 30 días posteriores al examen.
- Se supone que el médico debe proporcionar solo opiniones médicas.
- si el informe de segunda opinión inicial no está claro, la oficina de compensación de los trabajadores es responsable del seguimiento y la solicitud de un informe complementario.
si el informe del médico de segunda opinión está de acuerdo con las opiniones de su médico tratante, generalmente no hay problema y los pagos de compensación de FECA continuarán sin interrupciones., Si el informe del médico de segunda opinión es diferente del informe del primer médico, hay dos opciones: la oficina puede sopesar la evidencia médica para determinar qué opinión del médico es más precisa o declarar un «empate» y buscar la opinión de un tercer médico.
la oficina de compensación de los trabajadores generalmente dará más peso a la evaluación del médico de segunda opinión que a la del médico tratante.
si su compensación se modifica en función de la segunda opinión, tiene derecho a apelar.,
si la agencia decide que las opiniones médicas conflictivas son de igual peso y declara un «empate», designará un tercer médico, o «árbitro», para resolver cualquier conflicto en la evidencia médica.
El Informe de su médico tendrá un gran impacto en los beneficios que recibe. Tenga en cuenta que un médico pagado por la compañía de seguros de su empleador no es su amigo. El deseo de obtener negocios futuros de su empleador o de la compañía de seguros puede motivar a un médico a minimizar la gravedad de su lesión o a identificarla como una condición preexistente., Por ejemplo, si se lesiona la espalda y el médico le pregunta si alguna vez ha tenido problemas de espalda antes, no sería prudente tratar al médico con un historial de 20 años de cada vez que sufrió un dolor menor o dolor. Simplemente diga «no» a menos que haya sufrido una lesión previa significativa o una condición crónica.
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3. ¿Cómo puedo presentar un reclamo de compensación de trabajadores?
presentar un reclamo de compensación de trabajadores es similar a presentar cualquier otro reclamo de seguro. No es una demanda contra un empleador, sino más bien una solicitud de beneficios.,
el primer paso para presentar un reclamo es notificar a su empleador. No importa cómo se entere el empleador del incidente, debe ofrecerle un formulario de reclamo de inmediato. Hasta que se complete este formulario de reclamo, el empleador no tiene la obligación de proporcionar beneficios. Su empleador debe poder proporcionarle los formularios necesarios para presentar un reclamo. De hecho, la mayoría de los estados requieren que el empleador, los consultorios médicos y las salas de emergencia de los hospitales tengan los formularios que inician el proceso., Si no pueden, comuníquese inmediatamente con la Oficina de Compensación de Trabajadores de su estado, que se puede encontrar a través de la página de agencias gubernamentales estatales de nuestro sitio. Al completar el formulario, complete solo la sección «empleado». Asegúrese de firmar y fechar el formulario de reclamo. Es importante que guarde una copia del formulario de reclamo para sus registros. Devuelva el formulario de reclamación a su empleador. Puede entregarlo en mano o enviarlo por correo a su empleador. Si elige enviar por correo el formulario de reclamación, le recomendamos que utilice correo certificado-acuse de recibo solicitado., Es importante presentar la solicitud rápidamente porque, de lo contrario, podría estar sujeto a retrasos en la recepción de sus beneficios.
Su empleador debe completar la sección «empleador» y enviar el formulario de reclamación completado a su compañía de seguros de compensación de trabajadores. Su empleador debe darle una copia del formulario de reclamo completado. Debe solicitar una copia a su empleador en caso de que no reciba una. Guarde una copia para sus registros. Por lo general, la compañía de seguros tiene catorce (14) días para enviarle por correo una carta de estado sobre su reclamo., Si no recibe esta carta, debe llamar a la compañía de seguros.
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4. ¿Qué pasa si mi empleador no tiene seguro de Compensación Laboral?
salvo algunas excepciones, como los empleados agrícolas, los empleados domésticos y los contratistas independientes, los empleadores están obligados por ley a tener un seguro de compensación para trabajadores., Si su empleador afirma que no tiene seguro de compensación de trabajadores, comuníquese con un abogado lo antes posible o llame al Departamento de trabajo de su estado o a la oficina de compensación de trabajadores, que se puede encontrar en la página de agencias gubernamentales estatales de nuestro sitio.
si su empleador no tiene seguro de compensación de trabajadores, es probable que su estado tenga un fondo del cual pagarán sus beneficios de compensación de trabajadores. Usted también puede ser capaz de demandar por negligencia si un empleador requerido para hacerlo no tiene seguro de compensación de trabajadores.
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5. ¿Necesito un abogado?,
Si necesita un abogado depende de la complejidad de su caso. Si no está seguro de entender alguna parte de su caso, asegúrese de comunicarse con un abogado local de compensación de trabajadores. Si comparece ante un juez administrativo o judicial, debe contratar a un abogado para que lo represente.
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6. ¿Qué pasa si no estoy satisfecho con cómo se resuelve mi reclamo?,
si usted es un empleado federal cubierto por FECA, se aplicará lo siguiente: si no está de acuerdo con una determinación final de la Oficina de programas de Compensación de trabajadores (OWCP), puede solicitar una audiencia oral o una revisión del registro escrito de la rama de audiencias y revisión. Podrán presentarse pruebas orales o escritas en apoyo de la reclamación. También puede solicitar una reconsideración de una decisión presentando una solicitud por escrito a la Oficina del distrito que emitió la decisión. La solicitud deberá ir acompañada de pruebas no presentadas previamente., Si se ha solicitado un nuevo examen, no podrá concederse una audiencia sobre la misma cuestión.
también puede solicitar una revisión por parte de la Junta de Apelaciones de Compensación de empleados (Ecab). Dado que la ECAB se rige únicamente por las pruebas que constan en el expediente en el momento en que se dictó la decisión, no se pueden presentar pruebas adicionales. No puede presentar la solicitud a través del sistema estatal o federal; una vez que ECAB haya emitido una decisión final, no hay más medios para revocar la decisión.
si su empleador disputa su reclamo de beneficios, puede solicitar una audiencia frente a la Junta de Compensación de trabajadores., Si pierde, puede apelar para llevar su caso ante un juez de Derecho Administrativo de Compensación de trabajadores. Si todavía pierde, es posible que pueda llevarlo a los tribunales en el sistema judicial.
si no es un empleado federal, no está cubierto por la FECA, y se aplicará la ley estatal. Sin embargo, la mayoría de las leyes de compensación de trabajadores de los Estados prevén un proceso de apelación similar.
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7. ¿Cuáles son las reglas sobre compensación de Trabajadores en mi estado?
cada Estado tiene diferentes reglas, pautas y plazos dentro del marco de la Ley de compensación de trabajadores., Vea nuestra página sobre cómo presentar un reclamo de Compensación Laboral para obtener más información sobre qué hacer en su estado.
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