Código Laboral, § 515, subd. (a); Cal. Código de reglas., teta. 8, § 11040.<
Código Laboral § 1182.12.<
Código Laboral, § 510.<
Código Laboral, § 515, subd. (a); Cal. Código de reglas., teta. 8, § 11040.<
Código Laboral, § 515, subd. (un) .<
Código Laboral, § 515, subd. (un) .<
29 C. F. R. § 541.600(a); Véase también Cal. Código de reglas., teta. 8, § 11040 .See
See Negri V. Koning& Associates (2013)216 Cal.App.4th 392, 397 ; 29 C. F. R. § 541.602 (a).Neg
Negri C., Koning & Associates (2013) 216 Cal.App.4th 392, 399 .<
Código Laboral, § 515(a).<
Código Laboral, § 515, subd. c).<
código de trabajo, § 204, subd. (un) .§
Código Laboral § 1182.12, subd. b). El salario mínimo se aplica a» todas las industrias «y a» cualquier ocupación», excepto los vendedores externos y las personas que participan en ciertos programas de Servicio Nacional. (Código De Trabajo, § § 1171, 1182.12.) <
código de trabajo, § § 515, subd. a), 1182.12.<
Código Laboral § 515(a).↥
Auer v. Robbins (se Abre en una ventana nueva) (1997) 519 estados UNIDOS 452, 456 .See
See, E. G.,, Prachasaisoradej V. Ralphs Grocery Co., Inc. (2007) 42 Cal.4th 217, 231 .See
See Dept. Relaciones laborales, DLSE Opn. Carta N ° 2002.05.06 (6 de mayo de 2002), disponible aquí (se abre en una nueva ventana). Esta interpretación de la Ley de California difiere de la regla federal, que permite deducciones del pago de los empleados exentos si se «hacen por suspensiones disciplinarias no pagadas de uno o más días completos impuestas de buena fe por infracciones de las reglas de conducta en el lugar de trabajo» y se «imponen de conformidad con una política escrita aplicable a todos los empleados.»29 C. F. R. § 541.602 (a) (5).↥
Conley C., Pacific Gas & Elec. Co. (2005) 131 Cal.App.4th 260, 266-267 eductions from pay may be made when an exempt employee is absent from work for one or more full days for personal reasons, other than sickness or disability»]. La Ley Federal establece que las deducciones de la paga por días completos de enfermedad o discapacidad no afectarán la exención si el empleador tiene un plan en marcha que compensa al empleado «por la pérdida de salario ocasionada por dicha enfermedad o discapacidad», o si el empleado aún no ha calificado para el plan o ha agotado sus beneficios. (29 C. F. R. § 541.,602 (b) (2).) <
Conley V. Pacific Gas & Electric Co. (2005) 131 Cal.App.4th 260, 267 .Rh
Rhea V. General Atomics (2014) 227 Cal.App.4th 1560, 1569.Cal
Cal. Código de reglas., teta. 8, § § 11040, subd. (3) (D), 11070, subds. 3) D).<
el código laboral § 204.1 define las comisiones como » compensación pagada a cualquier persona por los servicios prestados en la venta de la propiedad o los servicios de dicho empleador y basada proporcionalmente en la cantidad o el valor de los mismos.»(Véase también Areso V. CarMax, Inc. (2011) 195 Cal.App.4th 996, 1003.See
Ver Código Laboral, § 2751, subd., (c) pagos temporales de incentivos variables que aumentan, pero no disminuyen, el pago en virtud del contrato escrito» a partir de la definición legal de una comisión].Memorandum
Memorando re exención de horas extras para médicos y cirujanos con licencia (Oct. 22, 2019), disponible aquí (se abre en una ventana nueva)<
Código Laboral, § 515.6 .<
Código Laboral, § 515.6, subd. b).<
Código Laboral, § 515.5.<
Código Laboral, § 515.5, subd. a) 1).<
Código Laboral, § 515.5, subd. a) 1).<
Código Laboral, § 515.5, subd. a) 3).<
Código Laboral, § 515.5, subds. a) 2) a) A C).,<
Código Laboral, § 515.8.Cal
Cal. Código de reglas., teta. 8, § § 11010-11170, subds. 1) C).Cal
Cal. Código de reglas., teta. 8, § § 11010-11170, subds. (2) (M).See
Véase, por ejemplo, Cal. Código de reglas., teta. 8, § 11090 (3) (L).Cal
Cal. Código de reglas., teta. 8, § 11090 (3) (L); 49 C. F. R. §§ 395.1–395.13; Cal. Código de reglas., teta. 13, § 1200, et seq.<
Véase 49 C. F. R. §§ 395.1–395.13.See
Ver Cal. Código de reglas., teta. 13, § 1200, et seq.; see also Collins V. Overnite Transp. Co. (2003) 105 Cal.App.4th 171, 175.<
Código Laboral, § 514.<
Código Laboral, § 514.,<
el Código Laboral, § 514.<
el código de trabajo, § 1173.Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 11150, subd. 3.Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 11050, subd. 3.Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 11050, subd. 3.Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 11050, subd. 3.Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 11050, subd. 3.Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 11050, subd. 3.Cal
Cal. Código Regs., teta. 8, § 11140, subd. 3.See
Véase, por ejemplo, Cal. Código Regs., teta. 8, § 11040, subd. 1 D).↥
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